Acuerdo de Escazú en Colombia: información, participación y justicia ambiental
El recorrido del primer tratado ambiental regional que protege expresamente a quienes defienden el ambiente, desde su adopción en 2018 hasta su entrada en vigor para Colombia en 2024.
Revisada
Estado actual
Vigente para Colombia desde el 24 de diciembre de 2024. La etapa decisiva es su implementación verificable en información, participación, justicia y protección de personas defensoras, con diferencias de capacidad entre territorios.
Cómo se ha contado
La discusión pública enfrentó marcos de soberanía y seguridad jurídica con marcos de derechos y protección ambiental. Una ficha neutral explica que Escazú no decide el resultado de cada licencia: fija garantías procedimentales y deberes de protección que deben implementarse.
Hitos documentados
América Latina y el Caribe adoptan el Acuerdo de Escazú
Veinticuatro países concluyeron en Costa Rica la negociación del tratado sobre acceso a información, participación pública y justicia ambiental. El instrumento incluyó una disposición específica para proteger a personas defensoras del ambiente.
Colombia firma el tratado en Naciones Unidas
El representante colombiano suscribió el Acuerdo después de que la demanda por su adopción entrara en la Gran Conversación Nacional. La firma expresó intención política, pero todavía requería aprobación legislativa, control constitucional y ratificación.
El Ejecutivo autoriza presentar el tratado al Congreso
El presidente impartió aprobación ejecutiva para someter el Acuerdo al trámite legislativo. El primer proyecto no completó su recorrido y fue archivado al terminar la legislatura, por lo que la firma aún no vinculaba plenamente al país.
Se radica un nuevo proyecto de ley aprobatoria
El Gobierno volvió a presentar el Acuerdo al Congreso. La discusión incluyó acceso a información, soberanía, seguridad jurídica, participación y protección de líderes; apoyar el tratado no equivalía a aprobar automáticamente proyectos ambientales.
La Cámara aprueba el último debate
La plenaria de la Cámara de Representantes aprobó el Acuerdo con 119 votos favorables. La decisión completó los debates legislativos y dio paso a conciliación y sanción presidencial.
Se sanciona la Ley 2273
La ley aprobatoria incorporó el tratado al procedimiento interno y lo remitió a control automático de la Corte Constitucional. La sanción no fue el último paso: faltaba el examen de constitucionalidad y el depósito internacional.
La Corte Constitucional declara exequibles ley y tratado
La Sentencia C-359 de 2024 concluyó que el trámite y el contenido del Acuerdo se ajustaban a la Constitución. La Corte relacionó el instrumento con la Constitución ecológica, la participación y el acceso a justicia.
Colombia deposita el instrumento de ratificación
El instrumento fue depositado ante el secretario general de Naciones Unidas, depositario del tratado. Este acto perfeccionó el consentimiento internacional y activó el plazo de entrada en vigor para el país.
Escazú entra en vigor para Colombia
Noventa días después del depósito, el tratado comenzó a producir efectos internacionales para Colombia. Su vigencia no garantiza por sí sola cumplimiento material: requiere políticas, presupuestos, datos y coordinación territorial.
La implementación sigue bajo escrutinio
El reto pasó de la ratificación a la práctica: entregar información oportuna, hacer participación temprana, asegurar recursos judiciales y prevenir agresiones contra defensores. Las obligaciones deben evaluarse con indicadores y casos, no solo por nuevas normas.
Protagonistas e instituciones
- Congreso de la República
- Aprobó la ley del tratado después de dos ciclos legislativos y un debate político intenso.
- Corte Constitucional
- Revisó forma y fondo y declaró ajustados a la Constitución el Acuerdo y su ley aprobatoria.
- Comunidades y defensores ambientales
- Son usuarios de las garantías de acceso y sujetos de la obligación especial de protección.
- Autoridades ambientales y territoriales
- Deben convertir el tratado en procedimientos, datos, participación y respuestas efectivas.
Procesos activos
- Adecuación institucional y territorial de protocolos de información, participación y protección.
- Seguimiento del cumplimiento ante instancias nacionales y la Conferencia de las Partes del Acuerdo.
Consecuencias documentadas
- Obligación reforzada de producir y entregar información ambiental accesible y oportuna.
- Mayor exigencia de participación pública temprana y acceso a recursos administrativos y judiciales.
- Marco regional para prevenir, investigar y responder a amenazas contra personas defensoras del ambiente.
Datos documentados
- Escazú es el primer tratado regional ambiental de América Latina y el Caribe y el primero del mundo con disposiciones específicas sobre defensores ambientales.
- El control de la Corte Constitucional fue automático por tratarse de una ley aprobatoria de tratado.
- La fecha del depósito y la fecha de entrada en vigor son distintas y constan en el registro de Naciones Unidas.
Mitos y realidad documentada
- La Ley 2273 hizo que el tratado entrara en vigor inmediatamente en 2022.
- Después de la ley se necesitaban control constitucional y depósito ante Naciones Unidas. Para Colombia entró en vigor el 24 de diciembre de 2024.
- Escazú prohíbe automáticamente proyectos extractivos o entrega decisiones nacionales a otro país.
- El tratado regula acceso a información, participación, justicia y protección; las decisiones de cada proyecto siguen los procedimientos y autoridades competentes.
Temas conectados
- Constitución ecológica de 1991
- La Corte usó los derechos, principios y deberes ambientales de la Carta como fundamento de compatibilidad.
- Violencia contra líderes sociales
- Escazú exige un entorno seguro para defensores, en un país donde persisten amenazas y asesinatos.